La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) amplió las medidas cautelares a favor de familiares de defensoras de derechos humanos en Nicaragua, tras considerar que la situación reúne a “prima facie” (primera vista) los requisitos de gravedad, urgencia e irreparabilidad.
La resolución 44/2021 que autorizó esta ampliación se emitió el pasado 17 de mayo y teóricamente, se realizó en seguimiento a la Resolución 62/19, en la cual se identificó que 16 personas defensoras estaban en riesgo por las condiciones de privación de la libertad.
Esa primera resolución se emitió en el 2019 a favor de las personas que fueron arbitrariamente capturadas el 14 de noviembre de ese mismo año, luego de intentar asistir a las madres de presos políticos que realizaban una huelga de hambre en el interior de la Iglesia San Miguel de Masaya.
Ese grupo es popularmente conocido como la “banda de aguadores”, puesto que su misión era llevar agua a las madres, tomando en cuenta que a la Iglesia San Miguel le habían cortado el acceso a los servicios de agua potable y energía eléctrica.

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Las nuevas personas beneficiarias
Con respecto a la ampliación de medidas cautelares, la CIDH informó que “según la solicitud, las y los familiares se encontraban en una situación de riesgo concreta en el actual contexto de Nicaragua”, por lo tanto resolvió beneficiar a:
1) Familiares de Neyma Elizabeth Hernández Ruiz: su madre Mirna María Ruiz, sus hermanas y hermanos Amanda Guadalupe Hernandez Ruíz, Cristian Javier Hernández Ruiz, Nahomy Rachel Hernández Ruiz, Isaías Ismael Hernández Ruíz, Ana Francela Hernández Ruiz y su abuela Rosa Amanda Morales Romero.
2) Familiar de Ivania del Carmen Álvarez Martínez: su hermano Marvin Antonio Álvarez Martínez.
3) Familiar de Olga Sabrina Valle López: su hermano Marvin Romario Valle López.
4) Familiar de José Dolores Medina: su hermano Rodrigo Alejandro Medina Cabrera.
5) Familiar de Hansel Amaro Quintero Gómez: su madre Grethel Isabel Gómez.
6) Familiar de Amaya Coppens: su compañero Sergio Midence.

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Solicitud de la CIDH a Nicaragua
Finalmente, la CIDH añadió que “fue informada que determinadas personas inicialmente beneficiarias se encontraban en libertad, pero continuaban siendo objeto de factores de riesgo al igual que sus familiares hasta la fecha”.
De forma que, tras identificar que las amenazas, seguimientos, intimidaciones hostigamientos y agresiones continuaban, la CIDH solicitó al Estado de Nicaragua que:
a) Adopte las medidas necesarias para garantizar la vida e integridad personal de las personas beneficiarias identificadas en la presente resolución. Para ello, el Estado debe asegurar que sus agentes respeten la vida e integridad de las personas beneficiarias y proteger sus derechos en relación con actos de riesgo que sean atribuibles a terceros. En el caso de aquellas personas privadas de su libertad, asegure que sus condiciones de detención sean compatibles con los estándares internacionales aplicables en la materia.
b) Concierte las medidas a adoptarse con las personas beneficiarias y sus representantes.
c) Que informe sobre las acciones adoptadas a fin de investigar los presuntos hechos que dieron lugar a la adopción de la presente medida cautelar y así evitar su repetición.